Indicaciones  para el aborto y respuestas

INDICACIONES PARA EL ABORTO Y RESPUESTAS

Inicación médica, para aborto terapeútico, indicación genética para el aborto eugenésico e indicación ética para el aborto "honoris causa".

Acosada la postura abortista, realiza su último y definitivo esfuerzo aceptando como principio el «sí» a la vida y excepcionándolo tan sólo en casos graves, que señalan las indicaciones. Con ello se incurre en una petición de principio, pues, de una parte, no hay coincidencia abortista en su número y, aun partiendo de un sistema indicativo de «numerus clausus», la praxis demuestra que el propósito abortivo los desborda, consiguiéndose en la realidad un aborto «ab libitum».

Como indicaciones comúnmente aceptadas por los ordenamientos jurídicos vigentes se hallan: la indicación médica, para el aborto terapéutico; la indicación genética, para el aborto eugenésico, y la indicación ética, para el aborto «honoris causa». Tales son las indicaciones que recoge el art. 417 bis. del antiguo Código Penal español, recurrido sin éxito, y que luego vamos a examinar.

Otras indicaciones son la social (por excesivo número de hijos, situación de pobreza), la demográfica (para detener el crecimiento de la población—China, Japón, India, países africanos—), la étnica o selectiva (para la depuración de la raza), la de inmadurez (para los casos de mujeres subnormales o menores de quince o dieciséis años —ve la ley sueca de 17 de junio de 1983—) y la complementaria (para el supuesto de que fracasara el tratamiento anticonceptivo).

En todo caso, y admitido legalmente el aborto, es preciso hacer una serie de consideraciones genéricas para tener una idea lo más acertada posible de su contexto, incidencias y repercusiones.

a) Al polarizar la atención sobre la mujer, tratan sin duda de crear un clima que simpatice con su decisión abortiva, se oscurecen los efectos patológicos que el aborto ejerce sobre la propia mujer, expuesta a mayores peligros por su práctica, clandestina o no, qúe por el parto natural y dejando en la penumbra las alteraciones fisiológicas, psíquicas y morales subsiguientes, que incluyen hemorragias internas, infecciones, desórdenes mentales y complejos de culpabilidad (denunciados por la organización Mundial de la salud en su informe de 1970).

b) se prescinde de los problemas morales planteados a quienes en principio colaboran con la práctica abortiva, como el médico y los facultativos que en ella han de intervenir, y al contribuyente, que en los casos de prestación gratuita de la intervención por las dependencias de la seguridad social aporta su dinero para la dotación económica de la misma. La cláusula de conciencia, invocada, por ejemplo, en la profesión periodística, y la objeción de conciencia, legalizada constitucionalmente en favor de los que se oponen al servicio militar, debieran también, y en pura lógica, admitirse para que los profesionales rehúsen su colaboración en la práctica abortiva (la Cámara de Médicos de Alemania Federal acordó en 1972 que «ningún médico puede ser obligado a cooperar a la supresión del embarazo y que ésta no puede ser objeto de prestación del seguro médico») y los ciudadanos eludan o desgraven los impuestos que les son exigidos para contribuir al asesinato (Ve Luis Madrid Corcuera, en «Roca Viva», 1983, pág. 274).

c) No se explica —salvo que se pretenda una revancha contra el «machismo"— que para la práctica legal del aborto sólo se exija el consentimiento de la madre, sin tener en cuenta para nada el del padre, olvidando la contribución del mismo a la formación del nuevo ser, la circunstancia de que su paternidad juega como oficio, incluso tratándose de la vida intrauterina de su hijo, y contradiciendo toda la orientación legislativa moderna encaminada al ejercicio conjunto—que aquí se desconoce— de la patria potestad.

d) se prescinde, en contraste con la reiterada exaltación de lo social, del interés y aun del derecho de la sociedad a la protección de su patrimonio genético, de mayor alcance y significado que su patrimonio forestal o artístico. Con el aborto lo social cede ante una decisión privadísima de la mujer-individuo, que destruye un ser cuya aportación al progreso de la sociedad pudiera ser decisivo. si el Estado, como gerente de la sociedad, no puede arrebatar los hijos a la madre, tampoco la mujer puede apropiarse de ellos y, en pleno ejercicio del «ius abutandi», arrebatárselos a la sociedad.

e) En el aborto hay una cita necrológica en el valle de la muerte, a la que concurren la madre, el médico y el Estado. La madre, que rechaza al hijo y se niega a convertirse en sujeto activo del «acontecimiento grande y misterioso de la maternidad» (Juan Pablo II, 3-1-1979); el médico, que, por una inversión profesional, no sirve a la vida, sino que la destruye («nuestros maestros nos enseñaron a curar, nunca nos enseñaron a matar», escribe Antonio Garrido Lestache, en su obra «El quehacer de cada día»), y el Estado, que, en lugar de cumplir con su misión protectora de los más débiles e indefensos, deja sin castigo, como escribe entre nosotros el obispo de Guadalajara, monseñor Pla Gandía, el «asesinato de miles de niños».

f) se estimula la auto destrucción de una sociedad a la que con acierto se califica de dimisionaria, al arruinar, cada día más velozmente, los cimientos básicos de la civilización. La civilización no surge espontáneamente. Es fruto de la entrega y del sacrificio que implican el cumplimiento del propio deber. si la carga penosa del cumplimiento del propio deber se soslaya con el pretexto de la comodidad o de la libertad, sobre todo en situnciones difíciles, el médico no tratará al enfermo contagioso, el soldado huirá ante el adversario, el religioso no se expondrá al martirio, el minero no descenderá al pozo y la mujer no soportará los molestias del embarazo y querrá —nunca mejor dicho que ahora— desmadrarse. Tal es la sociedad dimisionaria de nuestro tiempo, que ha perdido, como diría José Antonio, el saber de la norma, el sentido de la misión, la alegría del trabajo hecho a conciencia y que, erradicando todo ello, ha sembrado el egoísmo, la frivolidad y hasta la brutalidad de un Código que enarbola solamente derechos y desconoce la noción del deber. La legalización del aborto es un síntoma más del talante dimisionario de la época, que coadyuva, empujando hacia su declive a la sociedad contemporánea. «Cuando el Estado autoriza el aborto —han dicho los obispos italianos (8XII-1978)—compromete de forma muy grave todo el orden jurídico, ya que introduce un principio que legitima la violencia contra el inocente sin defensa.»

g) Por último, se pasa por alto un sucursalismo colonizante que se materializa por influencias poderosas del exterior. Ciertas ayudas financieras de carácter electoral han sido condicionadas a la legalización del aborto. En este sentido Emilio Cruz Hermosilla ha denunciado, apoyándose en información extranjera, que David Rockefeller y los sindicatos nortamericanos del automóvil entregaron al PsoE 13 millones de dólares a cambio de la despenalización del aborto (artículo publicado en «El Alcázar» y reproducido en «Roca Viva», 1983, pág. 295).<*


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